Acordada 9/2020 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

LA CSJN ORDENÓ LA LIBERACIÓN DE TODOS LOS FONDOS DADOS EN PAGO EN TODOS LOS FUEROS.  

Dispone que se habilite la feria para que se ordenen a través del sistema informático las libranzas que sean exclusivamente de manera electrónica de los pagos por alimentos, por indemnización por despido, por accidentes de trabajo, por accidentes de tránsito y por honorarios profesionales de todos los procesos, siempre que en todos estos supuestos hayan sido dados en pago, en tanto lo permita el estado de la causa.
Quedan de esta manera obligados los juzgados de todos los fueros a habilitar la feria y proceder a liberar los honorarios profesionales de los Colegas y también en algunos casos para los justiciables con colaboración del Banco de la Nación Argentina. 

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